Ponente
Descripción
En Cuba la existencia del cuidador familiar ha logrado un fuerte auge pues debido a la longevidad de la población son varios los familiares que han asumido esta noble tarea que resulta la protección de otro familiar. La actual Constitución del 2019 se pronuncia sobre la debida protección y cuidado que deben brindar los familiares a sus adultos mayores, así como también el deber del Estado de garantizarles los medios y vías para que los mismos vivan dignamente. De igual forma el Código de las Familias reconoce la debida salvaguarda de los derechos de las abuelas y abuelos y la obligación de los hijos para con sus padres como la institución del cuidador familiar en sus artículos del 409 al 416. Sin embargo, tanto la Constitución como las nuevas normativas resultado de esta imponen retos para diferentes disciplinas del sector jurídico. De esta regla no escapa el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, el cual debe asumir un trato diferenciado, especializado para con aquellos trabajadores que se encuentren en esta situación de cuidadores familiares.
Palabras clave: cuidador familiar, Derecho de familia, Derecho del Trabajo, Seguridad Social.