Ponente
Descripción
1.Introducción. El presente trabajo gira en torno al artículo n. 18 de la Declaratoria Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión…” y a derechos protegidos de orientación sexual o identidad de género . En un contexto regional en donde la presencia de movimientos religiosos judeocristianos, de perfil político e ideológico conservador, avasalla espacios públicos y poderes del Estado urge realizar análisis y proponer políticas públicas coherentes y sanas, sobre la situación de personas o colectivos que, bajo esquemas doctrinales heterosexuales y heteronormativos, ven afectada su salud integral así como del entorno familiar y comunitario. Cabe señalar, la propuesta reflexiona sobre la ausencia de programas de educación y metodologías de la investigación que logren visibilizar situaciones donde derechos humanos y fundamentales son quebrantados de forma impune, sistémica y sistemáticamente desde visiones religiosas, de género y derechos humanos. Son tres momentos los abordados en el presente trabajo: a. Libertad religiosa (art. 18), b. Afectación psicoemocional de personas o colectivos afectados y c. Pistas de acción frente al fenómeno de discriminación sexual y de género por razones religiosas.
2.Objetivos.
a.Analizar sesgo del art. 18 desde visión de la orientación sexual o identidades de género y del Derecho Internacional.
b.Evidenciar niveles de afectación psicoemocional de personas vulnerables al interior de organizaciones religiosas misóginas y heteronormativas
c.Proponer pistas de resolución de conflictos desde puntos de vista psicoemocional, académico y jurídico.
3.Conclusiones. Se evidencian signos de violación de derechos protegidos como de mujeres y personas LGTBIQ+ al interior de organizaciones, congregaciones o iglesias judeocristianas conservadoras en Latinoamérica y el Caribe. Vale decir, se protege el ejercicio religioso libre (art. 18), pero no se protege la integridad humana libre de discriminación. La complejidad de dichas violaciones se da en la medida que forman parte del andamio fundamentalista político, económico y religioso y no fuera de ello. Lo urgente de la propuesta radica, por un lado, evidenciar la impunidad existente, en materia de derecho constitucional y penal, en donde la instrumentalización religiosa, heterormativa y heterosexista se presentan como ejes de control de jure y de facto de los grupos de poder. Y, por otro lado, evidenciar las consecuencias de dichas discriminaciones en el ámbito de la salud mental y emocional sin que existan instrumentos legislativos o jurídicos que defiendan la integridad vulnerada y señale responsabilidades de dichas infracciones del derecho.
Nota:Caso excepcional en la región es Cuba que cuenta con el “Código de la familia” legislación en sintonía con los derechos humanos protegidos y el derecho internacional.
Palabras claves | Género, libertad religiosa, derechos humanos. |
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